SAN CRISTÓBAL.- El Ayuntamiento Municipal, el Síndico Municipal y el Cuerpo de Regidores fueron hallados culpables de violar la ley de libre acceso a la información pública y a normas constitucionales, durante una acción de amparo interpuesta por el Arquitecto Víctor Ramírez Minier.
La Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de San Cristóbal, mediante su decisión, ordenó al Ayuntamiento y al Presidente del Concejo Municipal de San Cristóbal, proporcionar al reclamante del amparo todas las informaciones relacionadas con una ilegal Resolución, la No.43-20008, emitida el 3 de diciembre del 2088, mediante la cual se afectaba los derechos adquiridos por el señor Ramírez Minier al amparo de una resolución del año 2006, que validaba un contrato entre las partes.
Al mismo tiempo, la sentencia en amparo anuló, por inconstitucional, la indicada resolución del 2008, por violentar el principio de la irretroactividad de las leyes, normas y resoluciones, a la vez que condena a los demandados a pagar una multa conminatoria de Mil Pesos diarios, por cada día de retardo en el cumplimiento de lo ordenado por el tribunal amparista.
Se supo que el abogado del demandante del amparo, Cecilio Gómez Pérez, prepara las acciones penales que prevé la Ley No.200-04, de libre acceso a la información, las cuales prevén sanciones de prisión de seis meses a dos años y la inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos por cinco años, contra cualquier funcionario público hallado culpable de violación al derecho de libre acceso a la información pública.
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