SANTO DOMINGO.-La Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social (SESPAS) canceló este martes a dos enfermeras y cinco médicos involucrados en la agresión física al director del hospital Francisco Moscoso Puello, doctor Roberto Lafontaine, al considerar que incurrieron en faltas graves en el ejercicio de sus funciones como servidores públicos.
La información la ofreció el propio titular de esa cartera, doctor Bautista Rojas Gómez, quien dijo que los profesionales violaron flagrantemente la Ley General de Salud 42-01 y la Ley de Función Pública 41-08, en lo relativo al orden ético y disciplinario.
La agresión contra el doctor Lafontaine se produjo el lunes de esta semana en momentos en que directivos del Colegio Médico Dominicano (CMD) trataron de impedir que colegas suyos ofrecieran consultas a pacientes que asistieron al centro hospitalario en medio de la huelga que mantiene el gremio.
Entre los profesionales de la salud a los cuales se les cancelaron los nombramientos figuran el presidente del Colegio Médico Dominicano en el Distrito Nacional, doctor Rufino Senén Caba Plasencia, quien figura como médico ayudante de cuidados intensivos; y los residentes de tercer año de medicina interna Erick Antonio Fabián y Augusto de los Santos.
También, el médico familiar José Sánchez Almánzar; las auxiliares de enfermería Ruth Esther Monegro Batista y Virginia Vásquez Batista, y Juan Antonio Suero, médico asistente en la clínica rural Manganagua, del Distrito Nacional. Este último es señalado como el que propinó un puñetazo en el rostro del director del hospital Moscoso Puello.
Rojas Gómez dijo que si toleraba una falta grave como las que, entiende, incurrieron esos profesionales, entonces en el sistema sanitario nacional prevalecería el caos en lo adelante, en perjuicio de los sectores de menores ingresos económicos.
“En mi condición de secretario de Estado de Salud Pública asumo la responsabilidad de estas cancelaciones de un grupo de profesionales que empañaron la buena imagen de los médicos y médicas de la República Dominicana”, expresó.
Refirió que la Ley de Función Pública consagra en su artículo 77 que “los efectos del régimen ético y disciplinario serán considerados como principios rectores de la conducta de los servidores públicos de los órganos y entidades de la administración pública”.
Refirió que de manera especial el principio de la lealtad, que se define como “la manifestación permanente de fidelidad hacia el Estado, que se traduce en solidaridad con la institución, superiores, compañeros de labores y subordinados”.
El funcionario citó también el artículo 79 de la referida legislación que señala que hay que “cumplir la jornada de trabajo, dedicando la totalidad del tiempo al desempeño íntegro y honesto de sus funciones”.
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